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Ayudas para el alquiler de una vivienda: ¿quién puede solicitarlas?

Para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda de alquiler a aquellos sectores de la población que lo necesitan, el Gobierno español ha puesto en marcha una convocatoria de subvenciones abierta hasta 2022. Veamos de qué ayudas se trata y qué colectivos pueden solicitarlas.

Cada vez más personas en España optan por arrendar una vivienda. Se prevé que esta tendencia coja fuerza en los próximos años, impulsada por los cambios socioeconómicos en nuestro país y también por el impacto de la pandemia. Actualmente, según los datos del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), el 23,9% de los españoles viven de alquiler, una cifra que todavía se aleja bastante de la media de la UE, que se sitúa en el 31%.

Uno de los últimos estudios publicados por Servihabitat apunta que, a finales de 2020, la renta mensual media era de 893 euros para una vivienda de entre 80 y 90 m2. No estamos ante una cantidad insignificante, pero parece ser la única alternativa para muchas personas, especialmente para las más jóvenes, que aún no pueden contratar una hipoteca.

Fuente: Mercado residencial en España 2020, Servihabitat.

Y es que, si echamos un vistazo a las encuestas realizadas a la Red de agentes colaboradores (APIs) de Servihabitat, la edad media de los demandantes de vivienda de alquiler es de 33,2 años. Además, cada vez hay más españoles de entre 36 y 45 años que optan por el arrendamiento en detrimento de la adquisición de un inmueble, pasando del 23,8% en 2019 al 25,2% en 2020. La inmobiliaria atribuye este aumento a “la incertidumbre provocada por la crisis de la Covid-19, que ha podido ralentizar la decisión de comprar una vivienda por parte de este grupo de edad”.

Condiciones para optar a una subvención para el pago del alquiler

Las dificultades de muchas familias para pagar el alquiler y la inaccesibilidad a la vivienda que sufren un gran número de jóvenes han provocado que el Gobierno haya decidido ampliar su Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 hasta el 31 de diciembre de 2022. Recordamos que se trata de un programa que engloba diez categorías de ayudas, tres de las cuales están directamente vinculadas con el alquiler residencial.

En líneas generales, las subvenciones para el alquiler van dirigidas a aquellas personas que pagan una renta inferior a los 600 euros y cubren hasta el 40% del alquiler mensual durante un máximo de tres años. En el caso de los menores de 35 años y de los mayores de 65 años, este porcentaje se eleva hasta el 50%. Por lo tanto, alguien con un alquiler de 600 euros que forme parte de alguno de estos dos colectivos percibirá una ayuda de 300 euros al mes. 

El plan prevé una excepción que cada comunidad autónoma tendrá que acabar de definir: las personas que vivan en determinadas ciudades como Madrid o Barcelona podrán beneficiarse de una ayuda del 30% cuando su renta mensual se sitúe entre los 601 y los 900 euros. En este caso, por ejemplo, si eres menor de 35 años y tu alquiler es de 900 euros al mes, podrás optar a una subvención máxima de 390 euros (en los primeros 600 euros se aplica el 50% y en los 300 restantes, el 30%).

Límite de ingresos para los beneficiarios

Otros requisitos que deben cumplir los solicitantes son: ser los titulares del contrato, no contar con una vivienda en propiedad, no percibir ninguna ayuda del programa de Renta Básica de Emancipación, y no ser beneficiarios de ninguna subvención expedida por su comunidad autónoma y relacionada con el alquiler de un activo. 

Para poder disfrutar de esta ayuda, con carácter general, se deberán acreditar unos ingresos brutos inferiores o iguales a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Las familias numerosas generales y las personas con discapacidad no deberán sobrepasar cuatro veces el IPREM, y las familias numerosas especiales y las personas con determinados grados de discapacidad, cinco veces el valor vigente del IPREM.

Tipo de unidad familiarIngresos brutos inferiores o iguales (12 pagas)Ingresos brutos inferiores o iguales (14 pagas)
Carácter general20.336,4 euros23.725,8 euros
Familias numerosas generales y personas con discapacidad27.115,2 euros31.634,4 euros
Familias numerosas especiales y personas con determinados grados de discapacidad33.894 euros39.543 euros
Ingresos calculados en base al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples de 2021. 

Por último, las convocatorias de ayudas para el alquiler dependen de las consejerías y/o departamentos de Vivienda propios de cada comunidad autónoma en la que resida el beneficiario. En el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 se fijan los criterios globales y la distribución de los fondos, pero cada territorio se encarga de concederlos a los ciudadanos.

Préstamos del ICO para el alquiler de una vivienda

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 también dedica uno de sus apartados a las ayudas al alquiler para personas que, a causa de la pandemia, tienen dificultades a la hora de atender el pago total o parcial de sus viviendas. En este caso, el Gobierno ha aprobado habilitar préstamos a coste cero a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que se podrán solicitar hasta el 9 de agosto de 2021.

Estos créditos ICO destinados al alquiler cubren hasta el 100% del importe de la renta, con un máximo de 900 euros mensuales durante un período de seis meses (hasta 5.400 euros en total). Quien los solicite estará exento de gastos e intereses y tendrá un plazo de seis años para devolverlos, con posibilidad de una prórroga de hasta cuatro años más. Las entidades bancarias que trabajan con este organismo son: Banco Santander, BBVA, Bankia, Caixabank, Sabadell, Unicaja, Liberbank, Abanca, Triodos Bank, Cajamar, Kutxabank, Caja Onteniente, Caja Pollença, Bankoa, Eurocaja Rural y Microbank.

El Ejecutivo entiende como situación de vulnerabilidad provocada por el coronavirus aquellos casos en los que el arrendatario haya pasado a estar en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) o se haya visto obligado a reducir su jornada laboral, entre otras circunstancias. Para ampliar esta información y consultar todos los requisitos y documentación que debes presentar, dirígete a los sitios web del ICO y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.